| El conjunto de carácter político formado por los miembros electos o concejales, veintiuno en total, está compuesto por órganos de carácter decisorio y órganos de carácter informativo y/o consultivo. A los primeros les incumbe tomar decisiones de tipo estratégico y planificador en lo referente al gobierno de la ciudad, y los segundos son órganos de debate político, informativos y de soporte a la actuación normativa de los órganos de gobierno municipal. Organización políticaEn el marco establecido por la legislación, hay órganos políticos de carácter decisorio, y otros que tienen funciones consultivas, fiscalizadoras y de coordinación; pudiendo ser unipersonales o colegiados. CARÁCTER DECISORIO AYUNTAMIENTO ALCALDE-PRESIDENTE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CONCEJALES TENIENTE DE ALCALDE | |