Los Servicios Sociales de Atención Social Básica, regidos por la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, constituyen la estructura básica y el primer nivel de atención del Sistema Público de Servicios Sociales. De titularidad pública y gestión directa, ofreciendo una atención de carácter universal y global a las necesidades sociales, y garantizando una adecuada atención social en la atención social básica. La competencia de los recursos humanos relativos a los Servicios Sociales de Atención Social Básica es competencia del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, gestionados a través de la Concejalía de Igualdad y Bienestar Social.
Los Servicios Sociales de Atención Social Básica tienen carácter básico y esencial, no pudiendo ser objeto de delegación, contratación y/o concierto. Una atención de carácter universal y global a las necesidades sociales garantizada bajo los principios de igualdad en todo el territorio.
Las funciones de los Servicios Sociales de Atención Social Básica son los siguientes:
a) Ofrecer información, orientación y asesoramiento social a las personas, familias y grupos sociales en relación a las prestaciones de servicios sociales.
b) Acometer actuaciones preventivas a nivel individual, grupal y/o comunitario, actuando sobre factores de riesgo que generan las necesidades sociales.
c) Detectar, valorar, diagnosticar situaciones de necesidad personal y/o familiar, así como elaborar el plan de atención social al efecto.
d) Realizar el seguimiento del plan de atención social y desarrollar aquellas intervenciones que les sean propias en función de las prestaciones de servicios sociales que el catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales, les atribuye.
e) Poner en conocimiento de la autoridad judicial o administrativa competente, las situaciones personales de aquellas personas usuarias de los servicios sociales, cuya actividad o conducta represente graves riesgos, previsibles o inminentes, para su integridad física o de las otras personas, pudiendo proponer a la autoridad competente la limitación cautelar de su capacidad, en los supuestos previstos legalmente. Para ello se llevarán a cabo las medidas de coordinación que fueran necesarias con aquellas Administraciones Públicas con competencias relacionadas con la actividad o conducta de estas personas.
f) Organizar, gestionar, coordinar y evaluar las prestaciones que el catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales les atribuye, así como colaborar con los servicios sociales de atención especializada en la forma que se determine reglamentariamente.
g) Desarrollar un conjunto de actuaciones articuladas en torno a las personas, los grupos y la comunidad, orientadas al desarrollo socio-comunitario, que actúen en la promoción de las capacidades sociales y en la acción contra todo tipo de relaciones de dependencia y exclusión, ya sean generando estrategias de cohesión o en la eliminación de los factores generadores de desigualdad.
h) Desarrollar actuaciones de sensibilización social, fomentar la participación social en el desarrollo de la vida comunitaria, promocionar el voluntariado y fomentar el trabajo en red con las instituciones y organizaciones que intervienen en su ámbito territorial.
i) Colaborar con las unidades y órganos de la administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de las funciones de autorización, acreditación e inspección en materia de servicios sociales.
j) Coordinar y complementar las intervenciones con las prestaciones que ofrece el sistema público, así como los que ofrecen otros sistemas de protección social, en especial, el sistema sanitario, promoviendo y desarrollando la coordinación sociosanitaria.
k) Participar en los órganos que, en materia de servicios sociales, así como en otras materias como la salud, la educación, la vivienda y el empleo, se creen en su ámbito territorial, conforme se determine reglamentariamente.
l) Cualquier otra función que se les atribuya legal o reglamentariamente.
Los Servicios Sociales de Atención Social Básica garantizarán, a las personas que cumplan los requisitos establecidos, las siguientes prestaciones:
a) Información, Valoración y Orientación. Ofrecerá información, valoración y orientación a las necesidades y demandas de la población, canalizando las situaciones de necesidad hacia las prestaciones necesarias. Incluirá el diagnóstico de las situaciones de necesidad social y la elaboración y ejecución de un plan de atención social recogido en el artículo 18 de la Ley 14/2015 de 9 de abril, así como la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
b) Acompañamiento social en situaciones de exclusión social. Diseñará y ejecutará itinerarios individualizados de inserción con las personas que se encuentren en situación de exclusión social mediante el abordaje de actuaciones en el ámbito de los servicios sociales, la vivienda, la educación, la salud y participación social, entre otros.
Los centros de servicios “Noque” (3 Trabajadoras Sociales) y “La Piedad” (4 Trabajadoras Sociales), que constituyen la estructura social de atención básica del municipio de Don Benito, están dotados de equipos multidisciplinares, con la estructura directiva y de apoyo técnico y administrativo, en función de las prestaciones de servicios sociales que se ofrezcan, así como de la población y de la realidad social y geográfica de cada zona.
Servicio de Información, valoración y atención
-Información para dar a conocer a los ciudadanos sus derechos, los recursos existentes, los procedimientos a seguir y las alternativas disponibles en el ámbito de los Servicios Sociales ante una necesidad social determinada: ley de dependencia, ayuda a domicilio, centros de mayores, problemas de convivencia familiar, etc.
-Análisis de cada consulta de forma individualizada, estudiando la situación y realizando una valoración del caso, con el fin de identificar la solución más adecuada.
-Determinadas intervenciones sociales, si así lo requiere la situación.
– Canaliza y deriva casos hacia los servicios de atención y protección existentes en la comunidad o hacia los Servicios Sociales Especializados.
– Asesoramiento técnico a Asociaciones o Entidades que trabajan o colaboran en el campo del Bienestar Social.
– Recoge y analiza globalmente las demandas y problemas planteados con el fin de diseñar alternativas en forma de nuevos programas y recursos sociales.
Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)
El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene carácter preventivo y rehabilitador, permitiendo la permanencia en el entorno habitual mientras sea posible y conveniente y tendiendo a incrementar los niveles de calidad de vida.
Va dirigido a prestar las atenciones necesarias a las personas y unidades de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual de vida, evitando situación de desarraigo. Proporciona, mediante personal especializado, una serie de atenciones preventivas, formativas, asistenciales y rehabilitadoras a personas que presentan dificultades en la realización de sus actividades domésticas y habituales, con el fin de facilitar su autonomía en el medio habitual, mantener la estructura familiar, o atender ambas circunstancias.
Dentro del Programa se contempla la prestación del SAD en situaciones de extrema y urgente necesidad, como aquellas derivadas de situaciones sobrevenidas que mermen de forma importante la autonomía personal para el desarrollo de la Actividades Básicas de la Vida Diaria. Esta prestación tiene carácter temporal. Se establece para su prestación un módulo máximo de horas dada la urgencia del caso a atender, durante un periodo máximo de tres meses, incompatible con cualquier otro servicio o prestación del Sistema para la Autonomía y Atención a las Dependencias.
El Servicio de Ayuda a Domicilio se rige por la ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO (BOP nº 10 de 17 de enero 2006) y ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO (BOP nº 247 de 29 de diciembre 2006).
Servicio de Comida a Domicilio
Es un servicio complementario de la Ayuda a Domicilio que consiste en la distribución de comida y cena con transporte y entrega en bandejas térmicos especiales al domicilio del beneficiario, incluyendo también los casos de régimen alimenticio debidamente prescritos por el médico.
Para que este servicio pueda dar respuesta a las necesidades de los diferentes usuarios desde una perspectiva integral, debe buscar alternativas que rentabilicen los recursos de la comunidad. Por ello, se contempla dentro de las actuaciones del SAD, el Servicio de Ayuda a Domicilio, como mejora que repercute directamente en el beneficiario.
Con su prestación conseguiríamos: Proporcionar una dieta nutricionalmente correcta; Mantener unos hábitos alimenticios adecuados al estado de salud de la persona proporcionando una dieta equilibrada y prescrita médicamente, adecuada a las afecciones que sufra el usuario; Evitar riesgos de accidentes que puedan surgir al tener el usuario que realizar las tareas que lleva aparejada la preparación de la comida (contacto con el fuego, el gas…), por sus circunstancias específicas de dependencia (deterioro físico y psíquico).
El Servicio de Comida a Domicilio se rige por la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO (BOP nº 248 de 26 de diciembre 2008) y la ORDENANZA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO (BOP nº 248 de 26 de diciembre 2008).
Teleasistencia Domiciliaria
La teleasistencia domiciliaria es un servicio que, a través de la línea telefónica, y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico, ubicado en un centro de atención y en el domicilio de los usuarios, permite a estos, con solo accionar el dispositivo que llevan constantemente puesto y sin molestias, entrar en contacto verbal “manos libres”, durante las 24 horas del día, y los 365 días del año, con un centro atendido por personal específicamente preparado, para dar respuesta adecuada a la necesidad presentada, bien por sí mismo o movilizando otros recursos humanos o materiales, propios del usuario o existentes en la comunidad.
El servicio de teleasistencia tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los usuarios, atendiendo a personas que, por su avanzada edad, discapacidad, aislamiento social o alto nivel de dependencia de terceros, lo necesiten dada su falta de autonomía, para facilitarles el continuar viviendo en su domicilio habitual en condiciones de seguridad. Con este servicio se les ofrece la posibilidad de conectar automática y permanentemente con un centro de atención de llamadas desde donde se tomarán las medidas oportunas para solucionar la situación problemática, objetiva o subjetiva, y de emergencia, que el usuario plantee.
Para acceder a este servicio, que se rige por la ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO MUNICIPAL DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA (BOP nº 124 de 2 de julio de 2013), se deberá acudir a los Servicios Sociales del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, donde se tramitará el expediente para posteriormente remitirlo a la empresa SAR QUAVITAE (Sevilla), quien lo gestiona de acuerdo con un Pliego de Condiciones Técnicas.
El Servicio Municipal de Atención a la Dependencia (SAD) de Don Benito cuenta con 2 Trabajadoras Sociales y 1 Integradora Social.
La Oficina de Igualdad y Violencia de Género de Don Benito se rige por el Decreto 24/2018, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Red de Oficinas de Igualdad y Violencia de Género, siendo sus funciones:
a) Conocimiento e inventario de recursos de la zona, tales como sociales, laborales, sanitarios, de atención terapéutica, educativos, entre otros.
b) Estudio, valoración y propuestas ajustadas a las necesidades del territorio.
c) Acciones de coordinación intragrupal e interprofesional y con los recursos de su zona de influencia.
d) Elaboración de estadísticas mensuales y memorias anuales de las actividades llevadas a cabo.
e) Diseño, planificación, ejecución, registro, seguimiento y evaluación de las acciones/atenciones ejecutadas.
f) Puesta en común de la actividad realizada con el resto de las oficinas de la red, cuando así se requiera.
g) Información y derivación de los/as usuarias/os a recursos de la Red Extremeña de Atención a Víctimas de Violencia de Género o a otros recursos comunitarios, cuando así se requiera.
h) Coordinarse con los dispositivos y programas de la Red Extremeña de Atención a las Víctimas de Violencia de Género y demás recursos comunitarios en el seguimiento de los casos si así se requiere.
i) Desarrollo de acciones de sensibilización, prevención, formación, promoción, información, orientadas al fomento de la participación y empoderamiento de las mujeres, relativas a materia de igualdad entre mujeres y hombres y violencia de género.
j) Desarrollo de acciones de sensibilización, prevención y capacitación dirigidas a distintos sectores profesionales, como educación, sanidad, servicios sociales, asociaciones, entre otros, del ámbito comunitario.
k) Apoyo en la ejecución de acciones que se ejecuten desde otros programas especializados y/o comunitarios, en relación con materias de igualdad de oportunidades y violencia de género.
l) Colaboración con el Instituto de la Mujer de Extremadura en cuanto a pautas/ directrices generales y uso de herramientas informáticas diseñadas para la coordinación de la atención integral desde los distintos servicios, programas, en aras de aumentar la
calidad y optimizar la intervención coordinada, tanto preventiva y jurídica, como social y terapéutica, ofreciendo así una mayor calidad en la atención integral y efectiva.
m) Participación en las actividades de formación/discusión a las que sean convocados/as por el instituto de la Mujer de Extremadura en materias relacionadas con la igualdad y la violencia de género.
n) Participación en las reuniones periódicas con los y las profesionales de la Red Extremeña de atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género, encaminadas a consensuar criterios y pautas de evaluación e intervención comunes.
o) Participación en uno de los Grupos de Trabajo especializados, creados por el Instituto de la Mujer de Extremadura para el desarrollo de cada uno de los programas, con la finalidad de crear espacios de reflexión, análisis, diseño y propuesta de acciones, logrando con ello, una mayor identificación de información y un diseño de acciones que se implementarán a partir de la realidad propia de cada territorio.
p) Dinamización del Consejo de Mujeres/Igualdad de la zona.
q) Aplicación en el territorio y seguimiento del Plan de Igualdad vigente.
r) Detección, denuncia y elaboración de propuesta de cambio, de situaciones discriminatorias ante las entidades pertinentes.
s) Atención interdisciplinar e individualizada a las víctimas de violencia de género, informando, realizando la valoración inicial y, en su caso, derivando a los recursos especializados.
t) Acompañamiento presencial a las mujeres víctimas de violencia de género, cuando así lo requiera la situación.
Los principios generales de actuación son los siguientes:
a) Prevención y sensibilización, con el fin de dotar a la sociedad de los instrumentos necesarios para reconocer desigualdades de género.
b) Formación de los y las profesionales, de manera que se integren contenidos de igualdad y violencia de género en las acciones programadas.
c) Promoción y visibilización de determinados actores como asociaciones de mujeres, organizaciones sindicales, empresas, visibilización de las acciones concretas, y movilización de la sociedad en general.
d) Planificación mediante la selección, ordenación y diseño de acciones con el objeto de dar respuesta a las necesidades detectadas.
e) Intervención, mediante acciones justificadas, realizadas de forma individual o colectiva, con el fin de mejorar la situación en función de las necesidades detectadas.
f) Coordinación y colaboración de los distintos ámbitos implicados, sanidad, educación, cuerpos y fuerzas de seguridad, entre otros, en el objetivo de promover la igualdad y erradicación de la violencia de género.
g) Seguimiento y evaluación continua de las acciones realizadas.
La Red de Oficinas de Igualdad y Violencia de Género destinarán sus recursos a la información, orientación, asesoramiento y formación, en el ámbito de sus competencias, de personas, grupos y colectivos que las demanden, o a quienes, en función de las necesidades u oportunidades detectadas por las propias oficinas, dirijan sus actuaciones en desarrollo de iniciativas puestas en marcha por éstas, por el Instituto de la Mujer de Extremadura o por otras oficinas, agrupaciones, organismos, entidades o administraciones a favor de la igualdad de género.
El Programa de Atención a Familias del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, dependiente de la Concejalía de Igualdad y Bienestar Social, realiza actuaciones dirigidas a apoyar y ayudar a las familias en situación de crisis o de vulnerabilidad social y/o familiar, potenciando las mejores condiciones posibles para la mejora de las relaciones y evolución positiva de las familias, como actuaciones ante situaciones de riesgo de menores y dinámicas maltratantes en el seno de las mismas.
Regido por el Decreto 307/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Programas de Atención a las Familias, tiene como finalidad potenciar las habilidades familiares, apoyando a familias bajo condiciones de riesgo y vulnerabilidad en su desarrollo familiar, debiendo el PAF reforzar, acompañar y formar a los miembros de las familias para favorecer el correcto desarrollo de todos sus miembros, con carácter general, se entiende por vulnerabilidad social y/o familiar, las condiciones sociales,de riesgo y dificultad que inhabilitan e invalidan, de manera inmediata o en el futuro al grupo afectado, dificultando su bienestar social y su desarrollo personal, y por tanto su calidad de vida.
Por situación de riesgo de un menor, aquella en la que existe un perjuicio en el desarrollo personal, familiar, social o educativo, en su bienestar o en los derechos del menor que no alcanza la entidad, intensidad o persistencia suficiente para justificar su separación del núcleo familiar. Se trataría, por ello, de crear las condiciones adecuadas que faciliten la atención de las necesidades básicas del menor para un desarrollo físico, educativo, psíquico y social saludable en el seno de la familia.
Los objetivos Generales del PAF serán: Potenciar, sensibilizar y desarrollar desde una perspectiva preventiva y de intervención a las familias en situaciones de crisis o de vulnerabilidad social y/o familiar o con falta de habilidades para lograr mecanismos que resuelvan sus problemas, fortaleciendo sus capacidades y factores protectores y orientando a que las familias sean promotoras de su proceso de cambio; y favorecer el desarrollo integral de los menores en situación de riesgo en su medio, a través de intervenciones socioeducativas que promuevan su autonomía personal y el desarrollo equilibrado a nivel educativo, social, familiar y comunitario.
En cuanto a los objetivos Instrumentales del PAF, son los siguientes: Fortalecer a las familias en situaciones de crisis o de vulnerabilidad social y/o familiar, actuando sobre los factores protectores de éstas para permitir un funcionamiento óptimo de las mismas ante situaciones adversas; Identificar y minimizar o eliminar los factores de riesgo y vulnerabilidad en la unidad familiar; Dotar a los miembros de la unidad familiar de habilidades que les permitan solucionar sus crisis retomando la estabilidad en sus vidas; Realizar actividades de carácter preventivo y socioeducativo, relacionadas con las diferentes áreas de intervención del PAF, dirigidas a la población en general, y especialmente a familias vulnerables o en situaciones de crisis; Trabajar para que las familias vulnerables no sean estigmatizadas por el conjunto de la población, tratando de integrarlas desde un prisma positivo y eficiente en la Comunidad; Abordar situaciones de riesgo del menor para reducir los factores que confluyen e interactúan y que afectan al desarrollo de sus potencialidades, su inserción social y sus posibilidades de éxito en su vida futura, logrando a su vez la evolución positiva y resiliente de la familia.
El PAF utilizará como ejes vertebradores las áreas de intervención siguientes:
a) Área de vivienda.
b) Área de economía y organización doméstica.
c) Área de estilos educativos.
d) Área de acceso a recursos.
e) Área para la mejor resolución de conflictos.
f) Área de manejo de situaciones problema.
g) Área de prevención del riesgo.
h) Área de participación e integración social.
i) Área de relaciones familiares y/o sociales.
Con carácter general, el PAF irá destinado a todas aquellas familias en situaciones de crisis o de vulnerabilidad social y/o familiar, pudiendo contemplarse desde el PAF una gran diversidad de grupos sociales a intervenir.
El Programa de Atención a Familias (PAF) de Don Benito cuenta con 2 Educadoras Social, 1 Psicóloga y Trabajadora Sociales (SSASB).
Los Puntos de Atención Psicológica son dispositivos especializados enmarcados dentro de la Red de Atención a las víctimas de Violencia de Género de Extremadura que ofrecen asesoramiento, diagnóstico e intervención individualizada o grupal a todas las mujeres (junto a sus hijos e hijas) que requieran atención como consecuencia de sufrir o haber sufrido violencia de género en el ámbito de las relaciones afectivas de pareja.
Desde este servicio especializado se enfoca la totalidad del proceso de valoración, diagnóstico e intervención, desde una conceptualización de la violencia de género contra la mujer como un patrón de comportamiento característico que se produce en el ámbito subjetivo de las relaciones afectivas de pareja, incluyendo los supuestos de disolución de la pareja o cese de la convivencia para-conyugal, donde están presentes las conductas agresivas de tipo físico, emocional o abuso sexual, utilizadas como un instrumentos para obtener y mantener una posición de poder y control por parte del agresor respecto a la víctima y asegurar la sumisión de ésta.
El principal objetivo de los PAP es la Atención Terapéutica a mujeres víctimas de violencia de género que acudan al Punto de Atención Psicológica bien por voluntad propia o derivadas de otros recursos comunitarios y de salud.
Las funciones del Punto de Atención Psicológica son las siguientes: Evaluación y diagnóstico del estado psicológico de la mujer atendida; Diseño y desarrollo de intervenciones de apoyo psicológico a las mujeres y a sus hijos/as; Analizar, valorar y diagnosticar las demandas de acogida; Realización de terapias individuales; Realización de terapias grupales con las mujeres y sus hijos/as (con COVID las grupales descartadas); Coordinación de terapias individuales y grupales; Apoyo en las actividades/intervenciones realizadas en el centro; Establecer los contactos con otros profesionales encaminados a una adecuada atención del caso; Colaboración con el resto de profesionales del Dispositivo para obtener el adecuado cumplimiento de los programas y actividades previstos.
La población beneficiaria del PAP son las mujeres (mayores de 16 años) que estén padeciendo o hayan padecido una relación sentimental de violencia de género, con o sin denuncia.
El Punto de Atención Psicológica está atendido por una Psicóloga Sanitaria.
El proyecto ITERIS DON BENITO, cofinanciado por el Fondo Social Europeo con una subvención de 538.506,58 euros a través de una ayuda del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación (POEFE), está orientado a impulsar la inclusión sociolaboral de las personas más vulnerables.
Los objetivos principales son:
a) Reforzar las competencias personales y profesionales de las personas participantes en los itinerarios formativos para mejorar su empleabilidad, favorecer su inserción en el mercado laboral y evitar situaciones de exclusión social.
b) Promocionar, a través de jornadas informativas, la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social, fomentando el emprendimiento y la motivación para realizar una adecuada búsqueda activa de empleo.
c) Reducir la brecha laboral entre mujeres y hombres existentes en el municipio de Don Benito, impulsando la inclusión sociolaboral de las mujeres, especialmente de aquellas que pertenezcan a colectivos vulnerables.
El proyecto engloba siete Itinerarios integrados y personalizados de formación y siete jornadas informativas de activación e intercambio de experiencias y buenas prácticas: Información turística local y auxiliar de congreso; Operaciones básicas de restaurante y bar (2 ediciones); Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales; Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales; Atención sociosanitaria a personas en el domicilio; Jornada mujer y discapacidad: inclusión social y laboral; Jornada aumenta tu empleabilidad; Jornada desigualdad de género frente a la empleabilidad; Jornada emprendimiento creativo; Jornada mujeres: empleo y emprendimiento; Jornada motivación para el autoempleo; y Jornada Don Benito apuesta por el empleo.
Las personas seleccionadas para participar en los itinerarios integrados y personalizados de formación tendrán derecho a percibir una ayuda económica en forma de beca si carecen de rentas o ingresos, de cualquier naturaleza, iguales o superiores en cómputo mensual al 75% del IPREM vigente cada año, según lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Los colectivos destinatarios a los que va dirigido el proyecto serán personas inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, pertenecientes a colectivos vulnerables. Se consideran vulnerables los siguientes: Personas desempleadas de larga duración (PLD), jóvenes menores de 30 años no atendidos por el Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ), personas mayores de 55 años, personas con discapacidad, inmigrantes, minorías étnicas y comunidades marginadas, otros colectivos desfavorecidos y otras personas en situación de vulnerabilidad acreditada por un informe de los servicios sociales.
Se consideran Trabajos en Beneficio de la Comunidad la prestación de la cooperación personal no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública, con interés social y valor educativo, tendente a servir de reparación para la comunidad perjudicada por el ilícito penal y no supeditada al logro de intereses económicos.
Las características de la pena pueden ser:
- No podrán imponerse sin el consentimiento del penado.
- La jornada de trabajo tendrá una extensión máxima de ocho horas diarias y mínima de cuatro.
- Las actividades a realizar no atenderán a la dignidad del penado.
- El penado gozará de Seguridad Social y de la normativa laboral de prevención de riesgos.
- El trabajo que realice el penado no será retribuido.
DOCUMENTOS
PLAN DE IGUALDAD ENTRE MUJERES
Y HOMBRES DEL AYTO. DE DON BENITO 2017-2019: Ver / Descargar
INFORME NUEVO PLAN DE IGUALDAD ENTRE MUJERES
Y HOMBRES DEL AYTO. DE DON BENITO: Ver / Descargar
Una Ciudad Amiga de la Infancia es cualquier ciudad, pueblo, comunidad o sistema de gobierno local comprometido con el cumplimiento de los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes de acuerdo a la Convención sobre los Derechos del Niño. Don Benito fue nombrada Ciudad Amiga de la Infancia en el año 2019.
La visión de Ciudades Amigas de la Infancia es que todo niño, niña y adolescente debe disfrutar de su infancia y juventud y desarrollar todo su potencial a través de la realización igualitaria de sus derechos en sus ciudades y comunidades. Con el fin de hacer realidad esta visión, los gobiernos locales y sus socios identifican sus metas (resultados) en las cinco esferas de objetivos generales, que recogen los derechos contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño:
- Cada niño, niña y adolescente es valorado, respetado y tratado justamente dentro de sus comunidades;
- Las voces, necesidades y prioridades de cada niño y niña se escuchan y se consideran en las normativas y políticas públicas, en los presupuestos y en todas las decisiones que les afectan;
- Todos los niños y niñas tienen acceso a servicios esenciales de calidad;
- Todos los niños y niñas viven en entornos seguros y limpios;
- Todos los niños y niñas tienen la oportunidad de disfrutar de la vida familiar, el juego y el ocio.
DOCUMENTOS
Memoria Don Benito: Descargar Memoria.
Plan Infancia Don Benito: Descargar el Plan.
Diagnóstico Don Benito: Descargar documento.
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