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Ayudas a empresas y comercios

Una cuantía que asciende a 200.000 euros de ayudas para las empresas y comercios locales.

Próximamente se anunciarán las bases para la adquisición de las ayudas municipales para empresas y comercios locales, tras el cierre temporal de negocios, que pretenden preservar el tejido productivo y atender a las dificultades transitorias de las empresas como prioridad para superar las consecuencias de esta pandemia

En la mañana de hoy 29 de enero de 2021 el alcalde, José Luis Quintana y la concejal de Empresas, Comercio y Empleabilidad, Esther García-Adámez informan de estas ayudas podrán solicitarse en el PLAZO de 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, una vez publicadas se informará a través de los canales de comunicación del Ayuntamiento de Don Benito.

“Ante esta situación, resulta necesario adoptar medidas urgentes para la recuperación y reactivación de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores afectados por la crisis sanitaria” señala el Alcalde.

Para ello la Comunidad Autónoma ha puesto en marcha una serie de medidas de ayuda, articuladas en el Decreto-ley 1/2021, de 13 de enero, por el que se aprueba un programa de ayudas para la recuperación y reactivación de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores más afectados por la crisis sanitaria y se establecen nuevas medidas urgentes en materia tributaria para hacer frente al impacto de la COVID-19en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El Ayuntamiento de Don Benito pretende complementar en el ámbito de su término municipal, estas ayudas para paliar los daños que están padeciendo las PYMES y autónomos locales ante las medidas adoptadas de cierre de establecimientos.

Es objeto de estas bases la regulación de la concesión y de la convocatoria de subvenciones a las empresas que ejercen su actividad en el término municipal de Don Benito en régimen de concesión directa, para prestar apoyo económico a PYMES y autónomos afectados por la orden autonómica de cierre o suspensión temporal de su actividad por la COVID-19.

Podrán solicitar esta subvención aquellas personas físicas o jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que lleven a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, una microempresa o pequeña empresa y PYMES.

b) Que la actividad sea desarrollada en establecimiento situado en el término municipal de Don Benito y que se haya visto afectado por el cierre o suspensión temporal ordenado por acuerdos del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, y publicados tras resolución de 5 de enero de 2021 (DOE extraordinario nº 1, de 6 de enero de 2021), resolución de 13 de enero de 2021 (DOE suplemento nº 7, de13 de enero de 2021) ó resolución de 20 de enero de 2021 (DOE suplemento nº 12, de 20 de enero de 2021, así como las que pudieran verse afectadas en los mismos términos por nueva normativa de la Comunidad Autónoma publicada durante el plazo de solicitud de las presentes ayudas.

La subvención estará dirigida a compensar los gastos fijos operativos de las solicitantes durante la crisis sanitaria provocada por la COVID-19. Con ella se financiará las necesidades de liquidez o de capital circulante para que la empresa pueda operar y atender sus pagos. La subvención otorgará una financiación no reembolsable que la empresa deberá aplicar en sus operaciones conservando los documentos que así lo acrediten.

En cuanto a la cuantía se establecen los siguientes rangos:

-Empresas cuya actividad se desarrolla en establecimiento obligado al cierre o suspensión temporal: 550,00 €

-Empresas cuya actividad se haya visto parcialmente afectada por la prohibición temporal de comercialización de alguno de sus productos: 275,00 €

-Empresas con actividad de venta ambulante que cuenten con autorización de instalación en el mercadillo municipal de Don Benito obligadas al cierre o suspensión temporal de su actividad: 110,00 €

-Empresas con más de un establecimiento obligado al cierre o suspensión temporal: 825 €

Las SOLICITUDES se presentarán en el modelo que se publicará, una vez publicado en el BOP y que se podrá descargar desde el tablón de anuncios de www.donbenito.es.

Sólo se podrá presentar una solicitud por empresa o autónomo/a. En el caso de que se presente más de una solicitud por el mismo interesado se tendrá en cuenta solo la primera que se presente, que reúna toda la documentación necesaria, inadmitiendo las restantes.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Don Benito, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 02-10-2015) o a través de las asociaciones comerciales y empresariales (Asociación Comercio Don Benito, APYME Vegas Altas- La Serena, Asociación Parque Empresarial) que colaboran en la gestión de dichas ayudas.

Las ayudas previstas en el presente decreto son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención pública que tengan como objeto financiar actuaciones de la misma índole.

Para más información sobre las mismas en el email: empresasycomercio@donbenito.es.